miércoles, 1 de abril de 2009

Antecedentes Protecciòn Civil en Venezuela

QUÉ ES PROTECCIÓN CIVIL:


Conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la preparación, respuesta y rehabilitación de la población ante desastres.

La Defensa Civil moderna surgió como consecuencia de la guerra, siendo Inglaterra el primer país en implementarla, antes de 1.935; esta acción se convierte en una necesidad durante la segunda guerra mundial.

En otros países, CHILE, CUBA, BOLIVIA, por ejemplo, el origen de la defensa civil, en la época señalada de la segunda guerra mundial, no obedeció a circunstancias de origen bélico, sino a la alta incidencia de desastres de origen natural: terremoto, inundaciones, actividad volcánica etc. Las cuales, dada la magnitud y gravedad de sus consecuencias, perentoria y obligada la participación organizadas de todo o gran parte de los recursos de la nación, disponibles para restablecer la normalidad. A CHILE le corresponde el honor de ser uno de los primeros países en haber conceptuado la defensa civil con criterio moderno.

Para Venezuela

El primer decreto sobre defensa civil específicamente data del 7 de septiembre de 1.943, cuando se dicta el decreto Nº 175 en el que se crea la Junta Nacional de Socorro, adscrita al ministerio de sanidad y asistencia social, para atender a las personas que resultaron afectadas como consecuencia de inundaciones ocurridas para esa época. El 16 de noviembre de ese año, se dicta una resolución donde se reglamenta su campo de acción a centralizar los fondos voluntarios y del tesoro para atender damnificados por inundaciones.

El 21 de mayo de 1.958, por resolución del ministerio de sanidad y asistencia social se crea la División de Socorro y Defensa Civil, adscrita a la dirección de asuntos sociales; ese mismo año, en el mes de noviembre y por resolución del mismo despacho, se crea el comité consultivo de la división de socorro y defensa civil, integrado por: La cruz roja venezolana, junta de beneficencia pública del distrito federal, sanidad militar, servicios del seguro social, hospital universitario de Caracas, y dos miembros del ministerio de sanidad y asistencia social Posteriormente fue ampliada con representantes del Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal, Boys Scouts, Radio Club Venezolano y Aéreo Club de Venezuela.

En el mes de julio de 1.961, es creada por decreto presidencial la Comisión Nacional de Socorro, cuyo objetivo es el de recabar ayuda y asistencia técnica para los sectores afectados por calamidades públicas; esta comisión estaba presidida por el director de política del ministerio de relaciones interiores y el representante del ministerio de sanidad y asistencia social cumplía funciones de secretaría y archivo.

A raíz del terremoto ocurrido el 29 de julio de 1.967, es creado el Comando Unificado Médico Asistencial (CUMA), presidido por el ministerio de sanidad y asistencia social y formado por todos los representantes de todos los organismos del estado dispensadores de la salud del distrito federal.

El 16 de junio de 1.969, por decreto presidencial Nº 96 se crea el Fondo de Solidaridad Social (FUNDASOCIAL), cuyo objetivo era el de prevenir y reparar en lo posible los daños ocasionados por las calamidades y catástrofes que afectan o pudieran afectar a grupos apreciables de la comunidad.

Por decreto presidencial Nº. 702 del 7 de Septiembre de 1971, se crea la Comisión Nacional de Defensa Civil, cuyas funciones principales serían las de planificar y coordinar las acciones necesarias para prevenir, reducir y reparar los danos que causen las calamidades públicas de cualquier índole. Esta comisión estaría presidida por el Ministro de Relaciones Interiores e integrada por representantes de los Ministerios de Obras Públicas, Defensa, Comunicaciones, Sanidad y Asistencia Social, Cordiplan, Cruz Roja Venezolana y Representante del Sector Privado.

El 12 de Noviembre de 1974 se producen los Decretos Nº. 532 y 533. El primero modifica el Decreto 96, asignado a FUNDA SOCIAL el objetivo de recaudar fondos que se destinaran a la prevención de calamidades y a la reparación de danos ocasionados por éstas, así como la Formación, Capacitación y Entrenamiento de personal en todas las especialidades de la Defensa Civil. El segundo Decreto establece que la Comisión Nacional de Defensa Civil es el órgano de la administración para coordinar la acción de los organismos competentes, en la prevención y reparación de los danos que puedan causar las calamidades de cualquier índole. Además establece que en cada Entidad Federal funcionará una Comisión Regional de Defensa Civil, quien coordinará las acciones en su jurisdicción.

El 18 de Agosto de 1976, se promulga la ley ORGÁNICA DE SEGURIDAD Y DEFENSA, que el Título V, artículos 27, 28, 29 y 30 establece que; El Presidente de la República, Hoyó él las disposiciones para prever y regular la organización y funcionamiento de la Defensa Civil y podrá disponer el alistamiento de la población o determinado Sector de la misma, para integrarse a la Defensa Civil. Establece además que las Fuerzas Armadas Nacionales, intervendrán obligatoriamente en la preparación y ejecución de la Defensa Civil y que las normas, órdenes e instrucciones dictadas en materia de Defensa Civil, serán de carácter obligatorio para toda la población.

Por último, el 10 de Agosto de 1979, por Decreto Presidencial No. 231, la Comisión Nacional de Defensa Civil, pasa a formar parte integrante del Consejo Nacional de Seguridad y Defensa ( CONASEDE) y al mismo tiempo se reestructura la Comisión Nacional de Defensa Civil ;quedando integrada por el Ministro de Relaciones Interiores, quién la presidirá y los Ministros de Defensa, Transporte y Comunicaciones, Sanidad y Asistencia Social, Agricultura y Cría, Ambiente y los Recursos Naturales y de la Juventud.

El 18 de Septiembre de 1996 por Decreto Presidencial N• 1636 se promulga el Reglamento Parcial No. 3 de la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa prevé una estructura para el Sistema de Defensa Civil.

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