miércoles, 6 de mayo de 2009

Lecturas Importantes

BASES LEGALES DE PROTECIÓN CIVIL Y ADMINISTRACIÓN DE DESASTRE II
El profesional de Administración de desastres como gerente y administrador en todo lo
relacionado a los desastres ya sean antrópicos, naturales, ambientales debe conocer las disposiciones legales y las implicaciones que ellas generan en el ejercicio de la profesión.
Con éste materia se desea conocer la legislación venezolana e internacional y ver como éstas leyes puede ser aplicadas y utilizadas como herramientas útiles al profesional, en donde se le debe respetar sus derechos y garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.
La constitución Bolivariana de Venezuela, establece que para poder mantener y restablecer el orden público, proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias y a su vez apoyar las decisiones de las autoridades que aseguran el pacífico disfrute de las garantías y derechos constitucionales, creará una organización de Protección Civil y Administración de desastres, con carácter civil en donde velen por la seguridad ciudadana y respeten la dignidad y los derechos humanos de las personas y tienen competencia concurrente con los estados y los municipios.
Por lo tanto, un licenciado de Administración de desastre debe conocer cuales son los
derechos humanos de todas las personas que se encuentran en el territorio nacional y a su vez conocer los derechos humanos suscritos y ratificados por Venezuela, a través de los tratados, pactos y convenciones ratificadas por Venezuela.
Pero estas disposiciones establecidas en la legislación Venezolana no ha sido así, se han realizado grandes avances dentro de la legislación venezolana en relación a la defensa y resguardo de los derechos de las personas, por ello tal como se conocía anteriormente Defensa Civil ha evolucionado tal como lo revela su historia, en la cual inició como consecuencia de las guerras acaecidas y posteriormente como respuesta de protección a las consecuencias que dejaban los grandes desastres naturales y era dependientes del Ministerio de la defensa y posteriormente del Interior y Justicia. Posteriormente el 6 de junio de 1995, se inicia a ver como órganos técnicos de consulta en la prevención de desastres originados por fenómenos de origen geológico, hidrometeorológico, químico, sanitario y socioorganizativo,
entre otros, en donde deben tener como función emitir opiniones y recomendaciones sobre el origen, evolución y consecuencias de los fenómenos perturbadores, a efecto de inducir técnicamente la toma de decisiones para la prevención y auxilio de la población ante una contingencia.
Por lo tanto, para poder ser un órgano consultor o un gerente de la administración de desastres debe conocer las normas establecidas por el estado venezolano que le garantice la seguridad ciudadana tan tanto en el ámbito Nacional, como el Internacional. Es por ello que podemos decir que la legislación venezolana fundamentada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es el pilar legal fundamental para consolidar una política de Gestión de Riesgo y Administración de Desastres.
UNIDAD 1
ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA LEGISLACIÓN DE
ADMINISTRACIÓN DE DESASTRES.
LECTURA N° 1: TRABAJO DE INVESTIGACIÓN DE JUANA VILLALVA
Reseña histórica a nivel mundial en venezuela. trabajo de investigación
La Prevención de Desastre tiene su origen formal en la primera guerra mundial perfeccionándose luego en la siguiente gran guerra y nace la Defensa Civil como una estructura destinada a asistir a las víctimas civiles de los conflictos bélicos. Durante esta segunda guerra mundial se organizan distintos sistemas de protección
civil, de los cuales el más difundido es el de "Defensa Antiaérea Pasiva", destinada a proteger a la comunidad de la afectación producida por los ataques aéreos, los cuales alcanzaron gran violencia debido al desarrollo alcanzado por la aviación militar. Aunque estos serían los orígenes que se señalan en la historia, podemos encontrar antecedentes aún más antiguos, que se remontan a siglos pasados.
En efecto, se le atribuye como primer antecedente formal de la Prevención de Desastre aproximadamente en 1830, durante la guerra civil norteamericana y es precisamente en un municipio donde nace Defensa Civil, cuando los vecinos se unen para hacer frente a los ataques de sus enemigos. Se encuentran situaciones similares.
Durante los ataques de los aborígenes a los fuertes criollos, en estos se organizan distintos sistemas de prevención; en las invasiones inglesas, cuando el mismo pueblo se organiza en defensa de la ciudad. Con lo que se concluye que el individuo en su afán de proteger su especie, se organiza cuando ve peligrar su seguridad, su vida; ejerciendo la autoprotección, que es la base de la defensa civil.
Es en este siglo, después de la segunda guerra mundial y en el contexto de una nueva guerra fría, la primera legislación completa para enfrentar a la planificación de emergencias fue la Ley de Defensa Civil Federal de 1950 de los Estados Unidos. Con esta legislación lo que se pretendía era que proporcionara un sistema de
defensa civil para la protección de la vida y de la propiedad. A pesar que dicha legislación indicaba que la estructura organizativa a desarrollar para la defensa civil se podía utilizar para proporcionar auxilio y asistencia a otras catástrofes diferentes a las causadas por el ataque enemigo, estaba centrada principalmente en el ataque enemigo y el desarrollo de dicha defensa civil se le asignó a la Secretaría de Defensa. La posibilidad de utilizar la Defensa Civil para aplicar a las emergencias civiles se institucionalizó
en una "doctrina dual o de la doble imposición", pero esa dualidad estaba enmarcada dentro de la aplicación de la planificación militar a las emergencias civiles. Teoría dual o de la doble imposición: Esta teoría consiste, dentro del ámbito de la Defensa Civil, en aplicar el mismo método para dos situaciones distintas:
a) Para reducir los efectos de situaciones resultantes de la guerra.
b) Para la atención de los desastres naturales o antrópicos.
Debido a las consecuencias catastróficas del sismo de (1985) en México surgieron diversas iniciativas para crear una institución que estudiara los aspectos técnicos de la prevención de desastres. Por un lado, el Gobierno Federal emprendió la tarea de establecer el Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC).
Integrado por un conjunto de instrumentos institucionales, técnicos científicos y organizativos, públicos y privados que deben responder, desde el ámbito de su competencia, por la tarea de prevenir, evitar o reducir los efectos de los desastres.
Este sistema, tiene como instrumentos de coordinación a los comités locales de emergencias en todos los municipios y a los comités regionales de emergencias en departamentos. Por lo tanto el comité local de
emergencia es la instancia que representa el SPAD en el nivel municipal, integrado por instrumentos institucionales, técnicos científicos y organizativos, públicos y privados para responder, desde el ámbito de su competencia, por la tarea de evitar o reducir los efectos de los desastres.
Por otra parte, el Gobierno de Japón ofertó su apoyo para mejorar los conocimientos existentes en relación con la prevención de desastres sísmicos. Finalmente, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) decidió impulsar a su personal académico de alto nivel para que se dedicara a actividades de investigación y
desarrollo en prevención de desastres. Las tres iniciativas concurrieron en la creación, el 19 de Septiembrede (1988) del Centro Nacional de Prevención de Desastres, CENAPRED, con carácter de órgano administrativo desconcentrado, jerárquicamente subordinado a la Secretaría de Gobernación. Con el apoyo
económico y técnico del Japón se construyeron las instalaciones del Centro; la UNAM aportó el terreno para su construcción y proporciona personal académico y técnico especializado. La Secretaría de Gobernación provee los recursos para su operación.
El CENAPRED, fue inaugurado el 11 de mayo de (1990) Cuyo objetivo principal en el marco del SINAPROC, es "promover la aplicación de las tecnologías para la prevención y mitigación de desastres; impartir capacitación profesional y técnica sobre la materia, difundir medidas de preparación y autoprotección entre la
sociedad mexicana expuesta a la contingencia de un desastre". Sus funciones sustantivas son: investigación, capacitación y difusión.
La creación y el desarrollo del CENAPRED fueron posibles gracias al apoyo del Gobierno de Japón. En el inicio de su operación se estableció un Convenio de Cooperación Técnica y se instaló una misión de expertos japoneses, quienes colaboraron en el centro de su fundación. La cooperación técnica consistió en:
Envío de expertos japoneses para la planeación y la ejecución de proyectos conjuntos, capacitación de personal del CENAPRED en Japón y donación de equipo. Ambas instituciones realizan proyectos de investigación conjunta; además, la UNAM participa en el Comité Técnico Asesor del CENAPRED. El convenio firmado por ambas instituciones asegura que personal académico universitario de alto nivel
contribuya en las actividades de investigación, capacitación y difusión que aquí se emprenden.
Posteriormente, los Comités Científicos Asesores del Sistema Nacional De Protección Civil (SINAPROC) se crearon por acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 6 de junio de (1995) como órganos
técnicos de consulta en la prevención de desastres originados por fenómenos de origen geológico, hidrometeorológico, químico, sanitario y socioorganizativo.
Cada Comité está formado por un conjunto de profesionistas dedicados al estudio de algún tipo de fenómeno perturbador, por lo que cuentan con la capacidad técnica y científica para emitir juicios respecto del origen, evolución y consecuencias de dichos fenómenos. Su función es emitir opiniones y recomendaciones sobre el origen, evolución y consecuencias de los fenómenos perturbadores, a efecto de inducir técnicamente la toma de decisiones para la prevención y auxilio de la población ante una contingencia. Dentro de sus actividades están las de llevar a cabo el monitoreo y seguimiento de los fenómenos perturbadores con la finalidad de pronosticar calamidades. La actividad, tiempo y conocimientos que aportan los integrantes de estos Comités, son en forma honorífica.
Los Comités que han trabajado desde (1996) son:
I. Comité Científico Asesor sobre Fenómenos. Perturbadores de Carácter Geológico
II. Comité Científico Asesor sobre Fenómenos. Perturbadores de Carácter Hidrometeorológico
III. Comité Científico Asesor sobre Fenómenos. Perturbadores de Carácter Químico
IV. Comité Científico Asesor sobre Fenómenos. Perturbadores de Carácter Sanitario
V. Comité Científico Asesor sobre Fenómenos. Perturbadores de ciencias Sociales
VI. Comité Científico Asesor del Volcán Popocatépel.
Muchos son los organismos, instituciones y proyectos que se han formado a nivel mundial, que tienen que ver con la prevención de desastres, entre ellos se encuentran los siguientes:
Tanto los investigadores que deseen recibir los servicios de LA Red participar o proponer proyectos de investigación, o colaborar con su desarrollo, deberán presentar los formularios de registro correspondientes.
Posteriormente se comunicará la aceptación de la inscripción y las condiciones para ser receptor de servicios, patrocinador o participante en proyectos. La estructura orgánica de la RED en la actualidad lo conforma el grupo promotor constituido por las personas y entidades que gestaron la idea de LA RED que se han comprometido a llevar adelante el proyecto de la misma; es un grupo pequeño, que tiene la
responsabilidad y la autonomía para dirigirla y organizarla para facilitar sus operaciones, las instituciones que conforman el grupo promotor son a su vez los entes ejecutores de las actividades.
DIRDN: La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó declarar a partir de (1990) el "Decenio Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales (DIRDN), con el fin de promover la mitigación de los riesgos mediante la incorporación de la prevención de los desastres en el desarrollo económico y social en todas las naciones del mundo.
CAPRADE: Fue creado en el año (2002) por una razón fundamental, que es la preservación de la vida, y en ese orden se debe establecer una demanda de nuestros pueblos ante las instancias gubernamentales para que la prevención de desastres sea consolidada.

No hay comentarios: